Martes, 26 de noviembre de  2024



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¿Qué son los derechos de autor?
20/12/2023



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Un autor es una persona que crea una obra literaria, artística o científica. Esta obra, siempre que sea original, está protegida por la ley para evitar que se haga uso de ella sin el necesario consentimiento de su titular de derechos. El derecho de autor, por tanto, es el conjunto de normas jurídicas que otorgan a estos titulares determinados derechos sobre sus obras.


Derechos de autor en España

La mayoría de los países ha adaptado a su legislación los acuerdos del Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas, que se firmó en 1886 y que en la actualidad han ratificado más de 160 Estados. En España, en concreto, la vigente Ley de Propiedad Intelectual, conforme al Convenio citado, reconoce dos tipos de derechos de autor: patrimoniales y morales.


Derechos patrimoniales 

Se refieren a la explotación de la obra y a la capacidad de su titular de derechos para decidir qué usos se hacen de ella. En consecuencia, esta no podrá reproducirse o utilizarse sin su previa autorización, salvo en los casos (límites) previstos por la Ley. Este tipo de derechos pueden ser cedidos siempre que se firme un contrato de cesión. 


Los principales son la reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de la obra. Asimismo, la Ley también reconoce otros derechos patrimoniales de gestión colectiva obligatoria, que CEDRO gestiona como entidad autorizada por el Ministerio de Cultura, como son la compensación por copia privada, la remuneración por uso en universidades o el derecho a remuneración por préstamo público


Derechos Morales 

Únicamente corresponden al autor de la obra y son irrenunciables e inalienables, es decir, no se pueden ceder ni renunciar a ellos. Son los siguientes: decidir si su obra ha de ser divulgada y de qué manera; determinar si la divulgación se realiza con el propio nombre del autor, bajo pseudónimo o anónima; exigir la paternidad de la obra; exigir respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier modificación que suponga perjuicio a sus intereses legítimos o a su reputación; decidir la retirada de la obra del comercio; y acceder al ejemplar único o raro de la obra, cuando esté en poder de otra persona.


Diferencia entre derecho de autor y copyright 

A menudo se piensa que los términos «derecho de autor» y «copyright» son sinónimos. Sin embargo, cabe resaltar algunos matices que los diferencian. En términos generales, podríamos decir que los derechos de autor se centran en el creador y el copyright en la obra. ¿Por qué? Porque los derechos de autor protegen tanto los derechos morales como los patrimoniales, pero el copyright solo protege los derechos patrimoniales, los que tienen una repercusión económica. 


El término derecho de autor proviene del derecho francés (droid d'auteur) y el término copyright, del anglosajón. En España nos acomodamos más al modelo continental (francés) —basado en las leyes— que al británico que, en ocasiones, se rige, más por la jurisprudencia.  


¿Se puede utilizar una obra protegida? 

Por lo general, podremos utilizar y reproducir una obra cuando contemos con la autorización de su titular de derechos. Asimismo, en la Ley de Propiedad Intelectual también se establecen algunos límites que permiten reproducir parte de una obra sin que sea necesario el consentimiento expreso del titular de derechos, por ejemplo, con fines de seguridad pública o para procedimientos administrativos, judiciales o parlamentarios; cuando sea para uso privado sin fines comerciales; o en beneficio de personas con discapacidad sin fines lucrativos.  


También está prevista la excepción cuando se reproduzcan fragmentos de obras ya divulgadas con fines educativos o de investigación científica, aunque sí debe incluirse la fuente. Pueden consultarse todos los límites a los derechos de autor aquí. 


CEDRO protege los derechos de autor 

El Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) es la entidad encargada de proteger los derechos de propiedad intelectual de autores y editores de libros, periódicos, revistas y partituras y de llevar a cabo la gestión colectiva de los mismos. Con la autorización del Ministerio de Cultura y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Propiedad Intelectual, otorga licencias de uso de obras protegidas tanto a particulares como a centros educativos, universidades, empresas o cualquier tipo de organización y puede resolver cualquier duda que surja en relación con la utilización de obras protegidas. 





   
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