El pasado 21 de febrero se hizo público el texto de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. Este proyecto puede ser modificado durante su trámite parlamentario, y se prevé que el próximo otoño cuente con un nuevo marco regulatorio, distinto al actual.
Las principales novedades que incluye esta reforma se refieren a la excepción educativa, la copia privada, la piratería digital y la prensa. En referencia a la primera cuestión, se establece que no será necesaria la autorización previa de los autores y editoriales de los fragmentos de libros y otras publicaciones que se fotocopien en las universidades o se digitalicen y se cuelguen en sus campus universitarios, siempre que se cumplan determinadas condiciones. En estos casos se prevé una remuneración para los autores y editores perjudicados.
Respecto a la copia privada, se restringe al máximo este concepto, con el fin de que la cantidad a abonar a los titulares de derechos sea ínfima. Este régimen aleja a España del resto de países de la Unión Europea, tanto por las cantidades fijadas para compensar el perjuicio como por vincular su pago a los Presupuestos Generales del Estado.
En cuanto a la piratería digital, se incluyen dos medidas para defender los derechos de autor en Internet. Por un lado se prevé la posibilidad de tomar acciones legales contra las páginas de enlaces que lleven a copias piratas de obras protegidas. Y por otra parte, se facilita la posibilidad de identificar al infractor en el ámbito digital para poder actuar contra éste por la vía civil, que a diferencia de la vía penal, no exige que se acredite el ánimo de lucro comercial.
Finalmente, respecto a la prensa, se reconoce una compensación a los editores de publicaciones periódicas por la reproducción de parte de sus contenidos que llevan a cabo los agregadores en Internet.