El pasado 20 de noviembre el BOE publicó la Orden Ministerial que fija la cantidad a compensar a los sectores del libro, la música y el cine por la copia privada de 2013. El Ejecutivo ha establecido esta cuantía en 5 millones de euros, de los que 1,27 corresponden a los autores y editores representados por CEDRO. Esta cifra supone un 58,85 por ciento menos que lo recibido en 2012.
El Gobierno hizo pública, a través de su publicación en el BOE el pasado 20 de noviembre, la cuantía de la compensación equitativa por copia privada correspondiente al ejercicio de 2013 y su distribución correspondiente entre el sector del libro, la música y el vídeo. El Gobierno ha destinado a este fin cinco millones, un 42,10 por ciento menos que en 2012.
Al sector del libro le corresponde un 28,989 por ciento de la cantidad total, lo que supone que los autores y editores representados por CEDRO recibirán 1,27 millones de euros, es decir, 1,81 millones de euros menos que en el ejercicio anterior, que traducido en porcentaje supone un 58,85 menos.
Hasta diciembre de 2011, esta compensación era abonada por las empresas fabricantes e importadoras de los dispositivos que permiten la reproducción privada de obras protegidas, como ocurre en los países de la Unión Europea cuyas legislaciones prevén este límite al derecho de autor. Sin embargo, este Gobierno decidió eximir del pago a estas empresas y que la compensación fuera sufragada por el Estado a través de los presupuestos generales.
CEDRO estudia la posibilidad de recurrir esta Orden Ministerial, como ya lo hizo con la que regulaba la cuantía de 2012. Además, nuestra Entidad denunció en 2012, ante la Unión Europea, la regulación española en materia de copia privada por no ajustarse a lo dispuesto a las directivas y jurisprudencia correspondiente.
El sistema de copia privada español también ha sido cuestionado por el Tribunal Supremo, y a finales del pasado mes de septiembre planteó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea dos cuestiones sobre este sistema. Primera, si se ajusta a la normativa europea que esta compensación sea abonada a través de Presupuestos Generales del Estado, y segundo, si es adecuado vincular esta remuneración a la capacidad presupuestaria del momento.