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Los editores podrán asignar el ISBN a los libros
23/12/2008


El Consejo de Ministros aprobó el pasado 12 de diciembre un real decreto que facilita la posibilidad a los editores de asignar, a través de sus asociaciones, el número de identificación internacional (ISBN) a las obras. Con esta  medida, España se adapta a la normativa relativa al ISBN establecida en la Ley de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas y se equiparará con las legislaciones europeas, teniendo en cuenta los nuevos formatos de edición que ha promovido las tecnologías.

El ISBN es un número internacional para dotar a cada libro de un código numérico que identifique y permita coordinar y normalizar la identificación de cualquier obra, utilizando herramientas informáticas para localizar y facilitar su circulación en el mercado editorial.

La norma mejora al mismo tiempo los trámites a seguir para la edición y catalogación de una obra y estimula la cooperación de los proveedores (editores, autores-editores) y los usuarios (libreros, distribuidores, bibliotecas, etc…) en el desarrollo de la identificación bibliográfica. El ISBN hasta ahora lo asignaban diferentes entidades a las editoriales, como el Ministerio, a través de la Agencia Española del ISBN. En el texto aprobado se contempla también las funciones que corresponden al Ministerio de Cultura y las competencias de las comunidades autónomas en la gestión y asignación de este código.

   
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