La Plataforma Seguir Creando expresa su optimismo respecto a las afirmaciones realizadas por la Ministra en funciones, Fátima Bañez, la pasada semana, en las que anunciaba su intención de modificar la legislación para que pueda compatibilizarse el cobro del 100% de la pensión con ingresos procedentes de actividades profesionales. Eso supondría que las actividades culturales realizadas por los creadores y la percepción de derechos de autor (calificados de “neutros” por la propia ministra) habrán de ser compatibles de manera completa una vez que se modifique la legislación.
A raíz de las manifestaciones hechas públicas por la Ministra, se han publicado informaciones erróneas acerca de la aplicación del Decreto Ley 5/2013 de jubilación activa. Según estas informaciones, sólo el desconocimiento impedía que los creadores no se acogieran a la norma que permite renunciar al 50% de la pensión y compatibilizarlo con otros ingresos sin limitación. Respecto a ello, queremos dejar claro:
1. En efecto, el gobierno aprobó en su día el Real Decreto Ley 5/2013, de “medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo”, en virtud del cual se permite trabajar a los jubilados y compaginarlo con el cobro de la pensión, pero sólo cuando los ingresos generados por esa actividad sean inferiores al salario mínimo interprofesional (9.172,80 euros al año). Si se supera ese importe el creador puede renunciar al 50% de su pensión y percibir los ingresos que le correspondan por su actividad cultural o sus derechos de autor sin límites.
2. El problema radica en que la gran mayoría de los creadores, que perciben pensiones entre los 600 y 800 euros tras cotizar como autónomos toda su vida, no pueden permitirse renunciar al 50% en enero sin tener la certeza de que su trabajo creativo va a obtener beneficios económicos a lo largo del año.
3. Renunciar al 50% de la pensión supone ingresar entre 300 y 400 euros al mes sin que nadie garantice que con los ingresos por las actividades señaladas el creador cubra, en absoluto, el importe al que se ha renunciado, lo que supone, para la mayoría, una pérdida notable de ingresos. Si a ello se añade la obligatoriedad de cotizar como autónomos, el grado de pérdida se convierte en un auténtico abismo económico.
4. Son esas razones y no el olvido o la ignorancia (pese a que el Ministerio de Empleo jamás comunicó esa posibilidad de los creadores afectados) las que llevan a que sean muy pocos los que se hayan acogido al citado Decreto Ley. Sólo lo han hecho aquellos que tienen la certeza casi plena del volumen de ingresos que tendrán a lo largo del año y de que estos desbordarán el importe del SMI. Huelga decir que son muy pocos los profesionales que reúnen esos requisitos en un ámbito lleno de inseguridades y precariedades como el de la creación artística.
En todo caso, las manifestaciones de la Ministra Bañez vienen a refrendar la voluntad del ejecutivo por cumplir con las recomendaciones que hizo públicas la Defensora del Pueblo el pasado mes de agosto y que subrayaban el contrasentido que suponía que hoy hubiera diversos autores privados de su pensión, multados y sancionados cuando la voluntad de todos los partidos políticos es caminar hacia la compatibilización.