Domingo, 22 de diciembre de  2024



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Las razones de Seguir Creando y la sinrazón de un Gobierno
Manuel Rico31/5/2016



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Los últimos meses han sido, para los creadores, especialmente tensos en relación con la Administración. Bajo el «paraguas» de la búsqueda de una fórmula de apoyo a una jubilación activa, concretada en el Decreto 5/2013 (que desarrolla y concreta una ley de agosto de 2011) que abría la posibilidad de compatibilizar la pensión de jubilación con la percepción de derechos de autor o ingresos por actividades literarias y culturales siempre que se renunciara al 50% de la pensión, se ha abierto algo parecido a una «caza» del creador. 

El desarrollo de diversas inspecciones por parte del Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha tenido como consecuencia la exigencia a algunos creadores que habían excedido en la percepción de derechos el importe anual del Salario Mínimo Interprofesional, de la devolución de varios años de la pensión percibida, su incorporación al régimen de autónomos con el consiguiente pago de las cuotas atrasadas y la suspensión a partir de enero de 2016, de la pensión.

La reclamación de varios cientos de miles de euros, la limitación de su actividad intelectual y creativa y la concepción de la figura de los derechos de autor como «rendimientos del trabajo» o de «actividades económicas» está teniendo graves consecuencias para los creadores afectados y ha generado inquietud y miedo en un colectivo extremadamente vulnerable.

Nos encontramos, así, con autores y creadores de las más diversas disciplinas que tras haber cotizado durante largos años, en muchos casos en ámbitos profesionales que nada tienen que ver con la actividad artística, se ven privados por la vía administrativa de una pensión que es un derecho constitucional y un patrimonio adquirido. Con autores que, en caso de haber cotizado como autónomos, perciben una pensión limitada, que en muchos casos no excede de los 600 u 800 euros mensuales y a los que los derechos de autor y la actividad cultural les permite dignificar algo más su vida cotidiana. Con hombres y mujeres que han hecho de la creatividad un modo de vida y que con posterioridad a los 65 años disponen del máximo nivel de experiencia, de formación, de conocimientos y destrezas para volcarlos en la sociedad y para que el conjunto del país se beneficie de ellos: es decir, con un patrimonio cultural vivo y activo del que el conjunto de la sociedad se puede beneficiar.

En los países europeos más avanzados (Francia, Gran Bretaña, Italia, Alemania, Dinamarca, Suecia….) la compatibilidad entre pensión de jubilación y derechos de autor o percepciones por actividades literarias y culturales es plena. Se parte de la consideración de que tras la jubilación los creadores han de seguir contribuyendo al enriquecimiento del patrimonio cultural del país, de un lado, y, de otro, que con su actividad contribuyen al incremento, vía retenciones del IRPF, a los ingresos del Estado para el desarrollo de los servicios públicos y la satisfacción de las necesidades sociales. 

En España, por el contrario, nos encontramos con autores, en algunos casos con premios Cervantes o Nacional de las Letras, algunos de ellos con más de ochenta años, a los que no sólo se les plantea la incompatibilidad entre el cobro de su pensión y la percepción de derechos, sino que se les obliga, si quieren seguir creando y recibir la correspondiente contraprestación económica, a darse de alta en el Régimen de Autónomos, a pagar la cuota correspondiente y a renunciar a su pensión. 

Pensiones no contributivas

Esa situación adquiere tintes dramáticos cuando nos referimos a aquellos creadores que por no haber podido cotizar el mínimo de quince años en el régimen de autónomos (por la irregularidad de su trabajo) reciben pensión no contributiva: esos no necesitan superar el SMI. Con percibir 10 euros aparte de la pensión, ésta les es retirada de manera inmisericorde.

En algún foro (cada vez más minoritario) se ha calificado a los creadores de privilegiados por exigir la compatibilidad. Sin embargo, se olvidan dos cosas: la primera, la naturaleza absolutamente singular, irregular e incierta de la creación artística; la segunda, que el autor crea para la sociedad puesto que la obra por la que cobra derechos pasará, al cabo de un determinado número de años después de su muerte, a dominio público, sin que ni siquiera sus herederos puedan beneficiarse de ella. No hay paralelismo alguno entre ese tratamiento de la propiedad intelectual y el de cualquier otro tipo de propiedad, desde la propiedad inmobiliaria hasta la propiedad de acciones, depósitos, activos financieros o planes privados de pensiones, de los que un jubilado se puede beneficiar sin límite alguno siempre que haga frente a sus deberes tributarios. Por último, los derechos de autor deben tener un tratamiento específico, asimilable al de una propiedad inmobiliaria porque es un bien patrimonial del autor.

Si algo ha quedado claro a lo largo del proceso de encuentros y reuniones que la Plataforma Seguir Creando ha venido  celebrando con partidos políticos e instituciones en estos meses es la neutralidad absoluta de los derechos de autor en el cómputo de ingresos anuales a equiparar al SMI. Nadie lo discute. Incluso hay acuerdo general en modificar la legislación para garantizar la plena compatibilidad con las pensiones: contamos con dos proposiciones no de ley aprobadas en el Congreso que en un caso exigen la anulación de las sanciones con carácter retroactivo (Comisión de Cultura) y en otro la modificación de la Ley para garantizar la compatibilidad absoluta en todos los ámbitos (Comisión de Empleo y Seguridad Social). Sin embargo, los expedientes iniciados siguen en marcha, las sanciones no han sido retiradas, los autores afectados han dejado de cobrar su pensión, desconocemos si se ha suspendido la campaña de inspecciones y la legislatura ha terminado. 

Paralización de expedientes

Es verdad que el gobierno está en funciones: pero también lo es que puede hacer lo imposible para que los expedientes se paralicen o para que los recursos presentados se resuelvan favorablemente para los autores por ser de clara justicia. O para que se busquen soluciones negociadas en tanto se modifica la Ley que graven al mínimo a los creadores afectados, tal y como ha ocurrido en alguna Comunidad Autónoma. Es lo menos que cabe esperar de una Administración que, según expresó Fátima Báñez a la Plataforma, es consciente de la injusticia de la situación.




   
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